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CONVOCATORIA A ELECCIONES DE CENTRO INTERNO

por comite
viernes, 09 de mayo del 2008 a las 22:42

REFERENCIA y/o CONSULTA:  Gustavo Choque      Cel.   70017566  

 

 CONVOCATORIA A ELECCIONES DE CENTRO INTERNO  DE LA CARRERA CIENCIAS DE LA EDUCACION

Vista la urgente necesidad de contar con una representación estudiantil en su máxima instancia de Centro de Interno  de Ciencias de la Educación  (C.I.C.E.) y para elegir a los delegados que nos representarán en el Consejo Facultativo y en el Ilustre Consejo Universitario (I.C.U.), que es la máxima instancia que vela los intereses de los estudiantes:

El Comité Electoral de la Carrera Ciencias de la Educación, elegido en Magna Asamblea realizada en fecha 6 de Mayo  del presente año, debidamente posesionado y estructurado por completo, y dando cumplimiento a sus funciones, convoca a elecciones para elegir al nuevo Centro Interno de la Carrera Ciencias de la Educación.

Considerando:

CAPITULO 1

Del Comité  Electoral

Art.1

El Comité Electoral, elegido en Magna Asamblea realizada en fecha 6 de Mayo del presente año es la máxima instancia encarga de Planificar, evaluar, y hacer cumplir todas las normas del proceso eleccionario. Su autoridad regirá hasta la posesión del nuevo Centro Interno Estudiantil electo, lo cual se llevará a cabo en un acto solemne y público.

Art.2

 El Comité Electoral es Autónomo en cuanto a sus específicas actividades. En caso de duda a su accionar pre y post eleccionario, recurrirá a las normas que nos rigen como sistema autónomo dentro del Co-gobierno docente estudiantil como ser el Estatuto Orgánico de la F.U.L., el Estatuto Orgánico de la C.U.B. y Estatuto Orgánico de la Universidad a los que apelará en ese orden por seguridad y transparencia del proceso eleccionario.

Art. 3

Los integrantes del Comité Electoral quedan al margen de participar y/o  ejercer en alguna de las carteras de los frentes que se postulan al C.I.C.E.

Art. 4

El Comité Electoral designará al azar, a estudiantes regulares inscritos en la presente gestión para los cargos de presidente y secretario de mesa.

Art. 5

La respuesta y/o aclaración a cualquier duda de interpretación de los incisos, artículos y Capítulos mencionados en la presente convocatoria lo realizará el Comité Electoral.

 

CAPITULO 2

De la Convocatoria

Art. 6

Convóquese a elecciones para elegir al Nuevo Centro Interno de la Carrera  Ciencias de la Educación de la  U.A.G.R.M. 2008 - 2010, mediante el Voto Universal, directo, Secreto y por Simple Mayoría.

Art. 7

El acto eleccionario para elegir al Comité Ejecutivo del CICE, se llevara a cabo el día viernes 30 de   Mayo del presente año en curso de hrs. 9:00 a.m. hasta las 18:30 p.m. En caso de existir votantes en la fila, se proseguirá hasta que emita el voto, el último elector de dicha fila.

CAPITULO 3

De los Frentes Participantes

Art. 8

Podrán participar todas las fuerzas estudiantiles en actividad dirigencial universitaria, debidamente organizados en frentes identificados con Sigla propia y colores específicos.

 

CAPITULO 4

De la Inscripción de  los Frentes

Art.  9

A partir de la presente convocatoria se abre el periodo de inscripción hasta el día 22 de mayo del presente año,  a horas 18:30 p.m.

Art.  10

Los frentes universitarios que deseen participar de las elecciones para Centro Interno  deberán  presentar los siguientes requisitos:

  • a) Nombre de la Sigla e identificación de la misma (Color, Símbolo, logotipo, isótopo. No utilizar símbolos universitarios y/o Patrios), los cuales, deben ir recabados en un cuadro tentativo para la papeleta de votación, cuya medida debe ser de 12 cm X 7 centímetros. Este deberá ser presentado de forma digital (Formato de Documento de texto Word 2003 guardada en un CD ROM)
  • b) Presentar la nomina o lista de los integrantes que componen la fórmula del frente, con la respectiva asignación a las distintas carteras.
  • c) Los postulantes deben presentar fotocopia de Carné de Identidad y boleta de inscripción de la presente gestión.
  • d) Plan o propuesta de trabajo acorde a las necesidades de la Carrera Ciencias de la Educación, tomando en cuenta a los distintos planes que la integran (145-5 , 145-6 y 145 -9)
  • e) Color de Bandera.
  • f) Material de campaña que emplearán en las elecciones como ser volantes, trípticos, afiches y otros.
  • g) Los requisitos establecidos en los incisos b , d y e deberán ser presentados en forma impresa y digital (En formato de Documento de texto Word 2003).
  • h) Una vez inscritos los frentes en Comité Electoral, no podrán realizar alianzas, caso contrario conllevara a la descalificación y anulación de los frentes.

Art. 11

Todos los requisitos anteriormente elaborados, deberán ser presentados por el representante o delegado del frente acreditado por el Comité Electoral  en un sobre MANILA en las instalaciones del Centro Interno CICE.

Art. 12

Las observaciones a los frentes y/o candidatos serán comunicados el día viernes 23 de mayo del presente año, a horas 12:00 a.m.,a los respectivos delegados.

Art. 13

Cada frente y/o candidato observado deberá solucionar su situación, motivo de observación, en un plazo máximo de 24 horas, contabilizados a partir de la fecha y hora emitida la observación (sábado 24 de mayo, a horas 12:00 am)

 

CAPITULO 5

De las Carteras a elegir

Art.14

Los  frentes universitarios que participen en las elecciones, presentarán en  formulas con carácter obligatorio, las siguientes carteras o secretarias, titular y suplente con sus respectivos nombres completos.

  • a) Secretaria Ejecutiva (Titular y Suplente)
  • b) Secretaria General (Titular y Suplente)
  • c) Secretaria Académica (Titular y Suplente)
  • d) Secretaria de Hacienda (Titular y Suplente)
  • e) Secretaria de Relaciones Públicas (Titular y Suplente)
  • f) Secretaria de Conflictos (Titular y Suplente)
  • g) Secretaria de Actas y Archivos (Titular y Suplente)
  • h) Secretaria de Prensa (Titular y Suplente)
  • i) Secretaría de Deportes (Titular y Suplente)
  • j) Secretaria de Bienestar Estudiantil (Titular y Suplente)
  • k) Secretaria de Cultura y Extensión (Titular y Suplente)
  • l) Vocales (3 Titulares y 3 Suplentes)
  • m) Los demás miembros conformaran la plancha.

CAPITULO 6

Requisitos para ser Candidato

Art.15

Para ser candidato al Centro Interno de la Carrera Ciencias de la Educación se requiere:

  • a) Ser boliviano de origen y ciudadano en ejercicio.
  • b) No tener más de ocho años como estudiante de pre-grado en la Universidad.
  • c) No haber atentado contra la Autonomía Universitaria.
  • d) No ejercer funciones administrativas en la Universidad Autónoma Gabriel René Moreno.
  • e) No haber sido condenado por sentencia penal y ejecutoriada, ni haber sido sancionado por autoridades competentes del Poder Judicial.
  • f) No haber sido sometido a proceso universitario que hubiese derivado en una sanción ejecutoriada.
  • g) No pertenecer a organismos de represión gubernamental. (Oficial de Policía o Militar)
  • h) No ser dirigente político, vecinal o sindical, ni ejercer cargos dentro de alguna función del Gobierno Departamental y Nacional.
  • i) No podrán postular los estudiantes, que tengan cuentas pendientes con la Federación Universitaria Local (FUL), y con Centros Internos.
  • j) Para las Secretarias Ejecutiva, General y Académica se requiere un mínimo de 25 % de materias vencidas, las demás carteras no requieren este requisito.
  • k) No podrán postularse como titulares y/o Suplentes a la Secretaria Ejecutiva, General y Académica los estudiantes que estén en calidad de Egresados (Tesis I, Tesis II, de Noveno y Decimo semestre), pudiendo hacerlo en las demás carteras.
  • l) Los estudiantes que tengan Beca trabajo y de Ayudantía no podrán ejercer como titulares y/o suplentes en las Secretarias Ejecutiva, General y Académica, pudiendo hacerlo en las demás carteras.

 

CAPITULO 7

De los Electores

Art.16

Tienen derecho al voto: Todas los estudiantes universitarios inscritos en el presente periodo académico, Semestre II - 2008.

Art.17

Los votantes o electores deberán portar uno de los siguientes documentos al momento de emitir su voto:

  • a) Cédula de Identidad (original)
  • b) Libreta de Servicio Militar (original)
  • c) Pasaporte (original)
  • d) Brevet vigente (original)
  • e) RUN (original)
  • f) Todo esto acompañado con su boleta de inscripción original emitidos por el CPD o impresa en internet.

Art.18

 La votación será secreta y personal. Los votantes necesariamente deberán ingresar al recinto de votación para marcar en la papeleta la fórmula de su preferencia, luego deberá salir del recinto y depositar su voto en el ánfora o urna correspondiente.

Art.19

No estará permitido el ingreso al recinto  electoral con algún distintivo de los frentes (polera, afiches, manillas, etc.), lo contrario invalidará el voto emitido.

Art.20

El voto de los estudiantes de la carrera Ciencias de la Educación es un derecho, y tiene un carácter obligatorio, el ejercerlo; de lo contrario su incumplimiento será sancionado:

  • a) Se aplicará una multa de 200 Bolivianos (Bs. 200 /00), el cual será destinado a las Arcas de la Carrera Ciencias de la Educación, para la compra de libros. El cobro de la multa la realizará el Nuevo centro interno y rendirá informe ante la Magna Asamblea.
  • b) En casos extremos (Salud, accidente) se deberá presentar su descargo justificado antes o después de 24 horas.

 

CAPITULO 8

Composición de las Mesas Electorales

Art.21

El Comité Electoral sorteará de manera imparcial de los listados generales emitidos por el CPD, a los estudiantes que participarán como jurados de mesa, durante el día de las elecciones, quienes se encargarán de llevar a cabo con responsabilidad y transparencia estas elecciones.

Art. 22

Cada mesa electoral estará compuesto por:

  • a) Un miembro del Comité Electoral como supervisor
  • b) Tres Jurados o delegados estudiantiles elegidos por sorteo (Uno Presidente de mesa, uno Vicepresidente y el otro Secretario)
  • c) Un delegado de cada frente con su respectiva identificación (polera, cintillo)

Art. 23

Bajo la dirección del Supervisor y presidente de mesa,  los delegados estudiantiles de base y  frentes deberán:

  • a) Revisar las urnas y verificar el número de papeletas entregadas, con las presencia de por lo menos un Delegado de frente, antes de las iniciación de los comisión y elaborar el acta de apertura.
  • b) Verificar ante la vista de los delegados y estudiantes, que las ánforas estén vacías y reúna la seguridad necesaria.
  • c) Escrutar los votos en el mismo lugar del asiento electoral.
  • d) Firmar y sellar cada una de las papeletas en las que serán emitidos los votos.
  • e) El presidente de mesa es el único facultado para autorizar la entrega de las papeletas del sufragio.
  • f) Todos los delegados deben hacer acto de presencia física durante todo el desarrollo de las elecciones y durante la verificación del escrutinio.
  • g) El presidente de mesa debe cerrar y lacrar el ánfora una vez finalizada la votación, en presencia de los delegados presentes.
  • h) Finalizado el conteo, los delegados de cada frente deberán firmar el acta de conformidad de los resultados finales de su mesa.
  • i) El ánfora y las papeletas emitidos en votación (Blancos, nulos y válidos), serán entregadas al Presidente del Comité Electoral, una vez finalizado el conteo más, el acta de los resultados finales.

CAPITULO 9

Las papeletas de Sufragio

Art. 24

Una sola papeleta multisigno, multicolor:

Se procederá al sorteo del orden de los frentes en las papeletas, al finalizar la fecha de inscripción.

Art. 25

Cada papeleta llevará la numeración correspondiente, franja de seguridad, sello del comité electoral y firma de los delegados de mesa:

CAPITULO 10

El Voto

Art. 26

La papeleta será única

Art. 27

Se considera válido el voto: cuando exista cualquier marca o señal dentro del espacio o recuadro de la papeleta designado para cada frente.

Art. 28

El voto será nulo: cuando las marcas sobrepasen las franjas de espacio entre los frentes.

Art. 29

El voto será nulo: cuando hubiesen dos marcas en diferentes cuadros, es decir, más de un frente.

 

Art. 30

Serán votos nulos aquellas papeletas que contengan palabras o frases de cualquier tipo.

Art. 31

El voto será nulo cuando la papeleta no esté firmada y sellada por el comité Electoral, los delegados estudiantiles y delegados de frentes.

Art. 32

Las papeletas sin ninguna marca serán consideradas voto en blanco.

Art. 33

Anulación de mesa: cuando exista un excedente de más de 5 % del número de votantes,  y si es menor se eliminará el excedente al azar. Se anulará la elección cuando existan tres mesas anuladas de las cinco mesas habilitadas.

 

CAPITULO 11

Del Escrutinio y los resultados

Art. 34

El escrutinio de las ánforas será realizada inmediatamente cumplidas las horas de sufragio.

Art. 35

El escrutinio está a cargo del Presidente de mesa, vicepresidente, secretario y delegados de los frentes, bajo supervisión de miembro del comité electoral.

Art. 36

Concluido el acto eleccionario definitivo, el comité electoral declarará ganador de los comicios al FRENTE CON MAYOR VOTACION, debiendo ser posesionado dentro de las 72 horas siguientes (lunes), en caso de empate, se procederá a la segunda vuelta.

Art. 37

De producirse graves anormalidades durante el acto del sufragio o escrutinio se procederá de la siguiente manera:

  • a) Las mesas afectadas por graves conflictos serán anuladas por el comité electoral previa consideración del caso.
  • b) En un plazo de 24 horas, se convocará a sufragar a los votantes de la mesa anulada.
  • c) En caso de producirse anormalidades en la mayoría de las mesas, se suspenderán las elecciones y se convocará a una nueva elección en un plazo de 72 horas.

CAPITULO 12

De la Campaña

Art. 38

Todos los frentes inscritos deberán participar, con carácter obligatorio, en el Simposio organizado por el Comité Electoral.

Art. 39

No se permitirá  durante la campaña actos que perjudiquen o deterioren el patrimonio universitario o el normal desarrollo del proceso eleccionario, como ser:

  • a) Se prohíbe terminantemente el pintarrajeado del patrimonio universitario dentro de los predios y pegados de afiches.
  • b) Se prohíbe que los frentes realicen fiestas en el módulo 220 de la Carrera Ciencias de la Educación, y los regalos que mellen la dignidad del estudiante.
  • c) Todos los frentes inscritos legalmente, al momento de exponer sus propuestas, se abstendrán de agredir física y verbalmente a frentes contrarios.
  • d) Podrán entrar a las aulas los frentes inscritos en el comité electoral desde el día 21 de mayo hasta el 28 del mismo mes.
  • e) El cierre de todo acto proselitista será impostergablemente 24 horas antes del día de las elecciones.

Art. 40

Durante la Campaña electoral, está completamente prohibido el uso de alto parlantes, amplificación y otros equipos de sonidos que perjudiquen el normal desenvolvimiento de las clases en el aula.

Art. 41

En el día de las elecciones, está  prohibido el uso de banderas que hagan alusión a alguno de los frentes.

Art. 42

Se prohíbe a los frentes inscritos a hacer Campaña en las mesas y filas de votación, el día de las elecciones, así también se instruye a realizar los mismos a un margen de 100 metros.

Art. 43

 Las violaciones de cualquiera de los artículos anteriormente mencionados, serán sancionadas de acuerdo al capítulo siguiente.

CAPITULO 13

De las Sanciones

Art. 44

Las sanciones se adecuarán a la siguiente clasificación de las faltas:

  • a) Faltas leves Bs. 100 (Pintarrajeado y pegado de afiches).
  • b) Faltas Graves Bs. 200 (agresión verbal y alusión continua a frentes opositores)
  • c) Las faltas gravísimas desde Bs. 300 hasta su suspensión del frente de los comicios.
  • d) Las faltas gravísimas se sancionarán de acuerdo a la cuantificación de daños.
  • e) El no pago de la multa será sancionado con la suspensión del frente.

 

 

CAPITULO 14

Del día de la Elecciones

Art. 45

Para el normal desarrollo de las elecciones el Comité Electoral, en coordinación con cada delegado de los frentes, firmarán un compromiso de buena conducta.

Art. 46

Se prohíbe el uso de cualquier tipo de armas  en las elecciones.

Art. 47

Se prohíbe a todos los estudiantes estar en estado de ebriedad en los lugares donde se realiza la votación, incluyendo que no podrán sufragar en esas condiciones.

Art. 48

Se exhorta a todos los estudiantes de la Carrera Ciencias de la Educación a mostrar un comportamiento ejemplar, que enaltezca el acto eleccionario.

Art. 49

Los frentes que protagonicen alteraciones y afecten el normal desarrollo del proceso  eleccionario, serán sancionados y amonestados por el comité electoral y si reinciden, serán descalificados de las elecciones.

 

CAPITULO 15

De la Posesión

Art. 50

La posesión del frente ganador estará a cargo del comité electoral, en un acto público donde asistirán Centros internos y autoridades de la Facultad y Carrera.

 

Art. 51

La gestión del comité electoral finalizará cuando se entregue el inventario de las pertenecías que tiene el Centro Interno al frente ganador.

Art. 52

La fecha de la posesión será 72 horas después del día de las elecciones, es decir el día lunes 2 de junio del presente año, a horas 17:00 p.m.

 

CAPITULO 16

Del periodo de gestión del Nuevo Centro Interno CICE

Art. 53

El frente que se haga acreedor del Centro Interno  Ciencias de la Educación deberá cumplir un período de 2 años contabilizados a partir de la fecha de su posesión (2 de junio del 2008), y deberá rendir ante  MAGNA ASAMBLEA  un informe económico cada seis meses y un informe general  cada año.

El cumplimiento a este artículo deberá ser velado por el consejo de presidentes de la carrera ciencias de la educación.

Firma:

             Comité Electoral

   REFERENCIA y/o CONSULTA:  Gustavo Choque      Cel.   70017566  

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FRENTE ESTUDIANTIL ERES (Anónimo)
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